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domingo, 28 de noviembre de 2010

Tratados de Córdoba

“En Dolores se inicia la Independencia y en Córdoba se consuma, una abre y la otra cierra, una alienta y la otra ejecuta, una enciende la antorcha y la otra funde las cadenas de opresión, una principia con ideales y la otra los hace realidad, una empieza con una campana y la otra termina con una bala y una firma; una lucha y la otra consuma, son pues el alfa y la omega de nuestra Independencia” 
Tratados de Córdoba.

Los Tratados de Córdoba son un documento en los que se reconoce la independencia de la Nueva España, parte de lo que ahora es México, firmado en la ciudad de Córdoba, Veracruz el 24 de agosto de 1821, por Juan de O'Donojú  y Agustín de Iturbide. El texto está compuesto por diecisiete artículos que representan una extensión al Plan de Iguala.
En dicho Tratado se reconoce a la Nueva España como un Imperio independiente, el cual se reconocía como "Monárquico, constitucional y moderado". En primer término la corona se le ofrecía a Fernando VII, rey de España y no presentándose en México en el término que las cortes señalaran para prestar juramento, sería llamados en su caso sus hermanos, los infantes Carlos María Isidro de Borbón, Francisco de Paula de Borbón, o su primo el Archiduque Carlos de Austria-Teschen, —este último hijo de María Luisa de Borbón y nieto de Carlos III de España— u otro individuo de casa reinante que determinara el congreso; en caso de que ninguno de éstos aceptase la corona del Imperio, las cortes imperiales designarían al nuevo Rey, sin especificar si debía pertenecer a alguna casa reinante europea o si podía nombrarse a cualquier mexicano.
Esta última frase no había sido contemplada en el Plan de Iguala, fue convenientemente adicionada por Iturbide para dejar abierta la oportunidad de adjudicarse el trono. Por otra parte, Juan O'Donojú en su carácter de capitán general y jefe superior no estaba facultado para firmar el documento, pero interesado en preservar el trono para los príncipes españoles accedió a firmarlo, probablemente sin percatarse de esta posiblidad.
Este documento es el primero en el que una autoridad española y una mexicana firman aceptando la libertad del que entonces sería el Primer Imperio Mexicano; por lo tanto y aunque no es reconocido como tal, gracias a este tratado se cumplieron los ideales de la gesta que inició en Dolores Hidalgo el 16 de Septiembre de 1810.

Plan de Igual 1821

Documento original del
Plan de Iguala.

El Plan de Iguala fue un pronunciamiento político proclamado por Agustín de Iturbide el 24 de febrero de 1821 en la ciudad de Iguala de la Independencia, Guerrero; En el cual se declaraba la independencia de México.
Sus tres principios fundamentales fueron:
1.             Establecer la Independencia de México con relación a España
2.             Establecer la Religión Católica como única
3.             Establecer la unión de todos los españoles y americanos .
Más tarde, estos tres principios (Religión, Independencia y Unión) se convertirían en las Tres Garantías que promovió el ejército que sustentaría al gobierno, al que, por la misma causa, se le llamó Ejército Trigarante.
Según este plan, el gobierno que adoptaría como nación independiente sería el de una monarquía moderada, cuya corona sería otorgada a Fernando VII , o en su defecto, a algún otro infante.
El plan suprimía, además, las distinciones étnicas entre los habitantes de la hasta entonces Nueva España; declaraba la igualdad de todos los individuos y, por lo tanto, en adelante todos tendrían los mismos derechos.
Para gobernar al nuevo país en lo que llegaba un príncipe a ocupar la corona, el plan proponía la creación de una "Junta Gubernativa" y, posteriormente, una Regencia que se encargaría de gobernar en lo que se elegía al nuevo emperador. Además convocaría a Cortes para elaborar una Constitución.
El plan es una reacción a los movimientos liberales que sucedían en España, en lo que se llamaría el Trienio Liberal. Tras un pronunciamiento militar realizado en Sevilla por Rafael de Riego, este logra obligar a firmar al rey Fernando VII de España una constitución parlamentaria de corte liberal. Este trienio liberal dura entre 1820 y 1823, cuando Fernando VII consigue que se cree la Santa Alianza (Prusia, Austria y Rusia), que envía un ejército compuesto por 95 000 soldados en ayuda del rey , restaurando el Antiguo Régimen y el absolutismo tras la Batalla de Trocadero. Esto provocó una emigración de "liberales", principalmente a Londres, y que sobrevivió malamente con un paga que les concedía el gobierno inglés.
Finalmente, exhortaba a los insurgentes a incorporarse al ya mencionado Ejército Trigarante, cuyo líder sería Agustín de Iturbide.

Constitución de Apatzingán

Portada original de la
Constitución de Apatzingán.
La Constitución de Apatzingán fue promulgada el 22 de octubre de 1814, por el Congreso de Chilpancingo reunido en la ciudad de Apatzingán a causa de la persecución de las tropas de Felix María Calleja. La Constitución fue válida para las fuerzas de los insurgentes y los territorios que lograron controlar efímeramente durante el transcurso de la guerra de la Independencia de México.
Después de la muerte de Miguel Hidalgo y Costilla, el 28 de junio de 1813, José María Morelos desde Acapulco hizo un llamado para crear en el mes de septiembre un Congreso en la ciudad de Chilpancingo, cuyo propósito fue crear un gobierno independiente. Proclamado como el Supremo Congreso Nacional, fue instalado el 14 de septiembre de 1813; el mismo día Morelos anuncio a la Asamblea un documento con carácter de programa llamado Sentimientos de la Nación, en el cual de declaraba la independencia total de la América Mexicana y establecía un gobierno popular representativo con división de poderes, prohibía la esclavitud y la división de la población en castas. El 6 de noviembre del mismo año, el Congreso firmó el primer documento oficial de declaración de independencia conocido como el Acta Solemne de la Declaración de Independencia de la América Septentrional.
La Constitución de Apatzingán se basaba en el modelo liberal-democrático de la constitución francesa, en las ideas sociales y políticas de José María Morelos formuladas en el documento Sentimientos de la Nación y en los mismos principios que la Constitución de Cádiz pero de una manera un tanto modificada. Defendía el principio de la soberanía popular y también el derecho del pueblo a cambiar al gobierno según su voluntad. Se proclamó la división de los tres poderes: ejecutivo, legislativo y judicial, considerando como órgano supremo al Congreso, compuesto por 17 diputados de las provincias, con facultades legislativas, políticas y administrativas, entre las cuales estaba la de nombrar a los miembros del Gobierno (ejecutivo), que debía estar formado por tres personas, alternándose éstas en la Presidencia cada cuatro meses, y del Supremo Tribunal de Justicia (judicial) constituido por cinco personas. Se decretaba a la religión católica como única y proclamaba la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley, la libertad de palabra y de prensa y la inviolabilidad del domicilio. La Constitución de 1814 propiciaba la anarquía del movimiento insurgente que Morelos había tratado de evitar, y limitaba su papel como líder revolucionario, entorpeciendo su acción militar y política.

Sentimientos de la Nación.


Fue el documento redactado y expuesto por don José María Morelos y Pavón, el 14 de septiembre de 1813 en Chilpancigo, históricamente reconocido como los Sentimientos de la Nación, considerado uno de los textos políticos mexicanos más importantes, por el conjunto de ideas expresadas y la fuerza política que introdujo a la guerra de Independencia.
Es un hecho irrefutable que Morelos, para la redacción de los Sentimientos de la Nación, se inspiró en teorías, postulados y filosofía política de grandes pensadores de la época, extranjeros y mexicanos, ilustradores e ilustrados, liberadores y proconservadores, que dieron luz a uno de los documentos políticos fundamentales del constitucionalismo mexicano.
Morelos se inspiró en El contrato social de Jean-Jacques Rousseau, como teoría política que explica, entre otras cosas, el origen y propósito del Estado y de los derechos humanos establecidos en el Congreso de Anáhuac para la nueva nación mexicana.
Su convicción republicana la fundamentó principalmente en la Teoría de División de Poderes, que establece las bases del Estado moderno, con sustento en las ideas de John Locke y de Carlos de Secondant, barón de la Bréde y de Montesquieu, en su libro El espíritu de las leyes, donde el surgimiento de los poderes legislativo, ejecutivo y “judiciario” a los que se refería Morelos alcanzaron su más acabada expresión ideológica, al grado de considerar la división de poderes como uno de los dos elementos imprescindibles en la organización del Estado.
Con el pensamiento de Francois Marie Arouet, mejor conocido como Voltaire, Morelos encuentra el sustento de su aportación principal a la defensa de las libertades civiles: los juicios justos y prohibición de la detención arbitraria, supresión de la tortura, la reivindicación de los derechos sociales, la libertad de expresión y pensamiento, y las libertades políticas.
En un hecho fundador de la nacionalidad y de las instituciones jurídicas y políticas mexicanas, muchas de ellas vigentes hasta nuestros días, Morelos, dictó las bases del Constitucionalismo Mexicano, inspirado también en algunas ideas del documento conocido como Los elementos constitucionales de don Ignacio López Rayón.
En los Sentimientos de la Nación se establecieron principios que han sido a lo largo de los años el eje fundamental en torno al cual ha girado el avance de la nación mexicana en su lucha por implantar un gobierno de leyes. Se trata de un documento que sintetiza lo más grande del pensamiento de Morelos, de sus ideales y de lo que el caudillo de la Independencia quería lograr para bien de todos los habitantes de la “América Septentrional”, como se le llamaba entonces al territorio en el cual estaba localizada la mayor parte del virreinato de la Nueva España. Si atendemos a las opiniones de los estudiosos de la insurgencia, el “momento de Morelos” es muy significativo porque en su discurso y en sus escritos dejó de aparecer el nombre de Fernando VII, a diferencia de las propuestas de Hidalgo y López Rayón.
“Morir o salvar la patria” fue el sublime pensamiento con que el héroe de Valladolid convocó aquel famoso Congreso que consagró a través de los Sentimientos de la Nación la libertad e independencia de un pueblo que hoy con justicia le reconoce el noble título de Siervo de la Nación.
En ese documento, el Caudillo del Sur asentó que era imperioso tratar la situación de “los acontecimientos públicos” con el objeto de lograr “el mejor servicio y dirección de la sociedad”; por ello, de los 23 puntos de que consta, lo más relevante de su contenido para el actual Estado mexicano resulta su ideal de apuntar hacia la equidad socioeconómica, mediante la moderación de la opulencia y la indigencia, aumentando los salarios de los pobres.

En resumen, los Sentimientos de la Nación son sin duda la más relevante formulación sintética de la visión de la insurgencia mexicana en su momento cumbre, que hoy, a 197 años de su conmemoración, nos obliga a constancia, patriotismo, unidad nacional, compromiso republicano, democracia participativa, respeto irrestricto de la libertad política, insurgencia cívica y justicia social; se requiere una nación unida y gobernantes comprometidos con las necesidades de los mexicanos.